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El M.J. y D.H., mediante la Resolución N° 1164/2011, publicada en el Boletín Oficial el pasada 23 de agosto, ha fijado el plazo de vencimiento para el pago de la tasa anual establecida por el artículo 4° de la Decisión Administrativa N°46/2001 del 24 de abril de 2011 respecto de las sociedades por acciones (sociedades anónimas, sociedades en comanditas por acciones, etc).
De acuerdo con lo establecido en la Resolución N° 1164/2011 las sociedades por acciones deberán cumplir con el pago de la tasa anual antes del 30 de setiembre de 2011, el cual deberá calcularse de acuerdo con el capital social y la cuenta ajuste de capital de la sociedad, conforme el siguiente detalle expresando en pesos ($): |
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Cuenta capital y ajuste |
Hasta |
Tasa Anual |
$0.- |
$5000.- |
$100.-
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$5.000,01.- |
$10.000.-
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$200.-
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$10.000,01.- |
$20.000.- |
$400.- |
$20.000,01.- |
$40.000.- |
$500.- |
$40.000,01.- |
$80.000.- |
$700.- |
$80.000,01.- |
$120.000.- |
$900.- |
$120.000,01.- |
$150.000.- |
$1.100.- |
$150.000,01.- |
$200.000.- |
$1.400.- |
$200.000,01.- |
$1.000.000.- |
$1.800.- |
$1.000.000,01.- |
$2.100.000.- |
$2.300.- |
$2.100.000,01.- |
En adelante |
$2.500.- |
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En caso de incumplimiento con el plazo fijado por la Resolución antes mencionada, será de aplicación la multa prevista en el artículo 7º de la DA, es decir, una multa equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.
La emisión de la boleta de pago de la tasa anual podrá realizarse desde el sitio web de la Inspección General de Justicia y su pago realizarse en el Banco de la Nación Argentina.
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